Precios de transferencia en Ecuador: anexo, informe y defensa técnica
Si tu empresa realiza operaciones con partes relacionadas —locales o del exterior— por montos que superan los umbrales fijados por el SRI, debe presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas y, según el caso, el Informe Integral de Precios de Transferencia. Preparamos ambos y sustentamos el criterio.
Qué obligaciones tiene tu empresa
El SRI establece los montos a partir de los cuales corresponde presentar el anexo y el informe integral de precios de transferencia. Revisamos el volumen y el tipo de tus operaciones con partes relacionadas y te confirmamos qué debes presentar y en qué plazo.
Un análisis que resiste una fiscalización
El valor del informe no está en el documento, sino en el análisis funcional y en la selección de comparables que lo sustenta. Documentamos cada decisión metodológica para que el criterio se sostenga si la administración tributaria lo revisa años después.
Qué incluye nuestro servicio de precios de transferencia
Del cumplimiento formal al sustento técnico de tus operaciones con partes relacionadas.
Informe Integral
Elaboración del informe completo: análisis funcional, selección del método, búsqueda de comparables y conclusión sobre el cumplimiento del principio de plena competencia.
Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas
Preparación y revisión del anexo (OPRE), validando la consistencia entre lo declarado, la contabilidad y el informe integral.
Análisis Funcional y de Comparabilidad
Identificación de funciones, activos y riesgos de cada parte, y determinación del rango de plena competencia con bases de datos internacionales.
Procesos de Fiscalización
Acompañamiento y sustento técnico frente a requerimientos y determinaciones del SRI sobre operaciones con partes relacionadas.
Convenios de Doble Imposición
Análisis de la aplicación de convenios internacionales y su efecto en pagos al exterior, regalías, servicios e intereses.
¿Tu empresa opera con partes relacionadas y no sabe si debe presentar el informe?
Revisamos el monto y el tipo de tus operaciones del ejercicio y te confirmamos qué obligación te corresponde y hasta cuándo tienes plazo.
Preguntas frecuentes sobre precios de transferencia
Obligación, plazos y alcance del anexo y del informe integral.
¿Quiénes están obligados a presentar precios de transferencia en Ecuador?
Las empresas que realizan operaciones con partes relacionadas, locales o del exterior, por montos que superan los umbrales fijados por el SRI. Superado el primer umbral corresponde el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas; superado el segundo, además el Informe Integral de Precios de Transferencia. Los montos se revisan periódicamente, por eso conviene verificarlos cada ejercicio.
¿Cuándo se presentan el anexo y el informe?
Ambos se presentan en el ejercicio siguiente al de las operaciones, según el noveno dígito del RUC. Recomendamos empezar el análisis antes del cierre: la información que se necesita rara vez está disponible en el último mes.
¿Qué pasa si no presento el informe o lo presento con errores?
El incumplimiento genera sanciones y, sobre todo, deja a la empresa sin sustento frente a un ajuste de la administración tributaria. Un informe mal fundamentado puede terminar costando más que no haberlo presentado.
¿Aplica solo a operaciones con el exterior?
No. La normativa ecuatoriana alcanza también a operaciones entre partes relacionadas domiciliadas en el país cuando se cumplen las condiciones previstas.
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